ABC Fiduciario
1. QUE ES FIDUCIA MERCANTIL?
Mediante la celebración de este contrato el Fideicomitente transfiere uno o más bienes o derechos específicos a la Fiduciaria para el cumplimiento de la finalidad prevista en el contrato, en provecho del mismo Fideicomitente o de un tercero (Beneficiario), conformándose con dichos bienes un patrimonio autónomo. El patrimonio autónomo, no es una persona jurídica, pero es receptor de derechos y obligaciones derivados de la ley o de los actos que se realicen en desarrollo del contrato fiduciario. La sociedad fiduciaria actúa como vocera y administradora del patrimonio autónomo y lleva la personería en las actuaciones procesales administrativas o jurisdiccionales. Los bienes que integran el patrimonio autónomo quedan separados de los activos del fiduciario, de los activos de otros negocios fiduciarios y de los propios del fideicomitente.
La legislación mercantil prevé que los bienes no podrán ser perseguidos por los acreedores del Fideicomitente, a menos que sus acreencias sean anteriores a la constitución del fideicomiso y se establezca por vía judicial que con la transferencia se produjo un desequilibrio en el patrimonio del Fideicomitente que le impide satisfacer las obligaciones contraídas con anterioridad.
Cartilla fiduciaria - Asociación de Fiduciarias
2. QUÉ PARTES INTEVIENEN EN LA FIDUCIA?
En la Fiducia intervienen tres partes, a saber: el fideicomitente que es la persona natural o jurídica, que encomienda a la fiduciaria una gestión determinada sobre uno o varios de sus bienes, para el cumplimiento de una finalidad; el fiduciario que son las Sociedades Fiduciarias especialmente autorizadas por la Superintendencia Financiera; y el beneficiario que es la persona en cuyo provecho se desarrolla la fiducia y se cumple la finalidad perseguida.
3. ¿QUÉ SON LAS SOCIEDADES FIDUCIARIAS?
Las Sociedades Fiduciarias son entidades de servicios financieros, constituidas como sociedades anónimas, sujetas a la inspección y a la vigilancia permanente de la Superintendencia Financiera.
Son profesionales en la gestión de negocios, transacciones u operaciones por cuenta de terceros.
Reciben mandatos de confianza, los cuales se desarrollan con el objeto de cumplir una finalidad específica, siendo, a la vez, asesores de sus clientes.
4. QUÉ POSIBILIDADES DE INVERSIÓN ME OFRECE ACCIÓN FIDUCIARIA ?
En el marco de las actividades autorizadas a las sociedades fiduciarias se han desarrollado diversos productos fiduciarios que en la práctica adquieren sus denominaciones en función de las finalidades para las cuales se configuran, así:
a) Fiducia de Inversión: Fondo ACCION UNO, Fondo Abierto ARCO IRIS, Portafolios Independientes e Inversiones Específica.
b) Fiducia de Administración: Administración Inmobiliaria, Testamentaria, Garantía, Administración simple, Cobro de cartera, Administración y fuente de pagos.
c) Mercado de Capitales: Asesoría, Titularizaciones, Representación legal de tenedores, Constitución de contrato.
5. COMO PUEDO INVERTIR EN PROYECTOS INMOBILIARIOS EN ACCION?
En ACCION FIDUCIARIA hemos apoyado todo tipo de negocios fiduciarios inmobiliarios a través de distintos esquemas que nos han permitido ganar la confianza del sector constructor y de nuestros clientes.
Somos pioneros en la venta de derechos fiduciarios para la administración de inmuebles productivos tales como hoteles y centros comerciales, para lo cual hemos desarrollado esquemas que han permitido la vinculación de inversionistas a dichos proyectos con las ventajas de índole financiera, administrativa, jurídica, contable y tributaria para beneficio de nuestros fideicomitentes y beneficiarios.
6. QUÉ ES UNA PRE-VENTA ?
La preventa es un tipo de negocio fiduciario en el cual se desarrolla un proyecto de construcción inmobiliaria a través de la conformación de encargos fiduciarios individuales en los cuales ingresaran los recursos depositados por los compradores de los inmuebles que conforman el proyecto. Dichos recursos serán invertidos en encargos fiduciarios individuales constituidos en las carteras colectivas administradas por LA FIDUCIARIA, a nombre de cada uno de los
Inversionistas del citado proyecto, durante el tiempo que dure la ETAPA DE PREVENTAS y hasta que EL PROMOTOR cumpla con la condición para la Transferencia de recursos, momento en el cual, los recursos depositados por los INVERSIONISTAS serán puestos a disposición de EL PROMOTOR.
7. QUÉ ES EL PUNTO DE EQUILIBRIO ?
Se describe como el momento en el cual el proyecto llega a cumplir las condiciones estipuladas en el contrato fiduciario, con respecto al Número de Unidades vendidas establecidas por el promotor del proyecto y licencia de construcción y urbanismo para el desarrollo del proyecto. Al cumplir estas condicionas la fiduciaria procede a transferir los recursos ingresados a los encargos fiduciarios de los compradores con destino al encargo fiduciario matriz del promotor, con el fin de comenzar la construcción.